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ECUADOR NO ADOPTA EL “PILAR UNO -IMPORTE B” EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA

El Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador emitió en marzo una circular en la que aclara explícitamente que el país no ha incorporado el enfoque simplificado de Precios de Transferencia (PTR) propuesto por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), conocido como “Pilar Uno – Importe B”. Este mecanismo, diseñado para simplificar la aplicación del Principio de Plena Competencia en actividades básicas de comercialización y distribución, fue publicado por la OCDE en febrero de 2024 como opción de adopción voluntaria para las jurisdicciones.

La administración tributaria enfatizó que, al no existir una norma interna que adopte este esquema, su aplicación carece de fuerza vinculante tanto para los contribuyentes como para la propia Administración Tributaria ecuatoriana.

El SRI advirtió además que ejercerá control sobre el cumplimiento de esta disposición. En consecuencia, las empresas deberán realizar sus análisis de PTR conforme a las reglas vigentes, sin utilizar metodologías simplificadas internacionales que no hayan sido formalmente adoptadas en el país.

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