Esta Resolución emitida por el Servicio de Impuestos Internos (SII) en marzo de 2025 tiene su base en el Art. 41 H de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el cual establece cuándo se considera que un territorio o jurisdicción tiene un régimen fiscal preferencial, estipulando que el SII se pronunciará, mediante resolución, sobre aquellos territorios o jurisdicciones que califican como tal.
La Resolución mencionada establece, en su Anexo la lista de territorios o jurisdicciones que se consideran como poseedores de un régimen fiscal preferencial, la cual será aplicable para fines tributarios a partir del 1° de enero de 2025.
Las transacciones efectuadas con sujetos radicados en algún territorio o jurisdicción mencionado en dicho Anexo deberán ser reportadas a los fines de Precios de Transferencia.
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